HISTORIA DE VOLCAN DE CHIMBORAZO

“No hay ahora quien defienda la integridad de la República, sus leyes
sacrosantas, su libertad y su poder. Noticias fidedignas nos hacen
pensar que S. E. el Libertador ha resuelto últimamente ausentarse de
ella por motivos que no ocultan. ¡Tal ha debido ser el extremo de
desolación que tocan los infelices pueblos de Colombia!” (Acta de
Cuenca). Además: “El pacto social que los unía en un solo estado
soberano, está al presente enteramente disuelto: las actas de Venezuela,
Casanare, Neyva, Quito y otras provincias, pronunciándose por una nueva
forma de gobierno, acreditan evidentemente que está quebrantado el
contrato de asociación. El gobierno mismo, sin poder resistir a un voto
que cree general, ha sancionado esta disolución el 15 de abril próximo
pasado, manifestando al Congreso que no tiene medios de sostener la
tranquilidad y que es indispensable dar un reglamento provisorio y
convocar a una Convención Granadina; declarándole al mismo tiempo la
nulidad de su representación y la necesidad de cesar en sus funciones.
Semejante disposición del Gobierno y las voluntades de una gran parte de
la Nación, nos indican lo que debemos hacer en estos momentos de crisis
por la suerte de nuestros destinos. De hecho estamos separados, o diré
mejor abandonados, de aquellos pueblos que primero se han pronunciado
conforme a sus sentimientos; nos hallamos sin representantes; y entonces
toca a cada individuo dar su voto por si mismo, para establecer un
gobierno que convenga a sus costumbres e intereses”. (Estos son los
argumentos que se notan en el acta de Cuenca).
La colección de documentos que mantiene el Archivo Nacional, se agrupa en el; “Solemne pronunciamiento de la Capital de Quito y demás pueblos del Sur de Colombia por el cual se constituye el Ecuador en Estado Soberano, Libre e Independiente. Año 1830”.
Con fecha 12 de mayo, el Procurador General del Departamento del Ecuador (Dr. Ramón Miño), remite la siguiente comunicación al General Prefecto (José María Sáenz); “La mayor parte de los Departamentos de la República se han pronunciado ya por la disolución de su unidad política. Las glorias del Libertador Bolívar, el justo ascendiente que adquirió sobre los pueblos de Colombia no han sido bastantes para contener los esfuerzos con que todas sus secciones claman por otra forma de Gobierno. El Norte de la República rompió la unión; siguieron su ejemplo en el Centro los habitantes del Cauca, y aunque entonces el Congreso mismo reunido en la Capital había claudicado en su nombramiento y crean sus trabajos sin objeto legítimo; Quito defendiendo siempre a las voluntades del Libertador, y sin perder de vista los grandes males que acarrean a los Estados innovaciones de tanta consideración, se ha mantenido en la quietud más honrosa abominando los horrores que acompañan a la anarquía. Y para emitir solemnemente sus votos reasumiendo su representación separada entre los tres grandes distritos que compusieron la República, ha esperado que el Norte, y el Centro manifestasen su voluntad de no permanecer unidos formando un solo cuerpo; es decir, que ha esperado que fuese la crisis inevitable y que careciese absolutamente de remedio. Convencido el Supremo Poder ejecutivo de la tendencia general de la desunión, ha solicitado en su Mensaje del Congreso que se declare fenecida la existencia de la República bajo el gobierno central con que fue constituida; lo que importa tanto como decir que los pueblos entren en el pleno goce de su libertad para elegir la forma del que más quieran y más crean convenientes.
Debe pues Quito en uso de sus derechos proceder a pronunciarse: Pero a efecto de que se conserve el orden en esta Capital y sin dejar de reconocer la autoridad de V. S. para el mismo fin, anhelan sus moradores, atendiendo a su bien a que convoquen cuanto antes por V. S. los padres de familia y corporaciones para que con la libertad más amplia expresen todos sus deseos sobre el gobierno que debe establecerse y las basa esenciales en que haya de fundarse.
Espera el público del ilustrado patriotismo de V. S. que inmediatamente se sirva dictar las órdenes convenientes a ese intento y comunicarlas a los Cantones, del departamento a su mando. Quito mayo 12 de 1830.- (f). Ramón Miño V.
El General Prefecto del Departamento del Sur, José María Sáenz, recibe la comunicación y en virtud de sobrepasar su posibilidad de resolución eleva a consulta a Juan José Flores, que para entonces era el Prefecto General del Distrito del Sur. Además, porque asuntos de tanta trascendencia debían ser autorizadas al Procurador, por las corporaciones municipales cuando existían y para asegurar el cumplimiento de las formalidades se pide que las personas que ocupan su lugar, expresen “si ratifican esa petición como el voto del pueblo”, y que “se de cuenta inmediatamente al Sr. General Prefecto General para que en uso de su autoridad superior y del especial encargo que tiene de conservar el orden público y civil, tenga a bien resolver lo que creyera más arreglado, quedando esta prefectura libre de responsabilidad”. (f). Sáenz. Peñaherrera y certifica el escribano Castrillón.
El mismo 12 de mayo el escribano Castrillón levanta el acta y da fe de que en la Sala de la Municipalidad, encontró reunidos a los Señores que la componen; a saber; el Señor Miguel Carrión, Jefe General de la Policía, el Señor Manuel de la Peña Alcalde Municipal 1ro, y el Señor Dr. Ramón Miño, Procurador General, para satisfacer esta petición.
Bajo el epígrafe de; “República de Colombia”, desde el Cuartel General ubicado en Pomasqui, el 12 de mayo, con oficio número 149, el Prefecto General del Distrito del Sur (Juan José Flores), acusa recibo de la comunica del General Prefecto del Departamento del Sur, así: “He tenido la honra de recibir la nota V. S. (con) fecha de éste día junto con la representación del Síndico Procurador General y los tres documentos más a que en ella se refiere; y en contestación debo manifestar a US., que esta Prefectura General no se opone a que los Ciudadanos del Ecuador emitan libremente sus opiniones, con tal que lo hagan sin alterar el orden y con la moderación con que los ha distinguido durante un largo período de tiempo. La Prefectura General tiene una confianza ilimitada en la ilustración del Pueblo de Quito y por tanto excusa recomendar a su consideración los eminentes servicios que El Libertador ha prestado a las causas de la libertad y sus inmarcesibles glorias que son ya una propiedad de Colombia.- Con muy distinguida consideración soy de US. Obediente Servidor.- (f) Juan J. Flores
Al día siguiente, 13 de mayo, el pueblo de Quito realiza el pronunciamiento contenidos en siete puntos: “En la ciudad de San Francisco de Quito a trece de mayo de mil ochocientos treinta.-Congregados los corporaciones y padres de familia por el Señor General Prefecto del Departamento en virtud de la representación que le ha dirigido el Señor Procurador General e instruidos de los puntos que contiene.- Dijeron: Que consiguiente con sus principios y amor al orden han sostenido la integridad Nacional hasta la presente crisis en que la mayoría de Colombia, prenunciándose por una nueva forma de Gobierno ha disuelto la unión, como lo acreditan las actas de Venezuela, Casanares, Neyva, Popayán y otras Provincias. Que aún el gobierno considerando, ser este el voto general, ha manifestado al Congreso en su último mensaje, la nulidad de la representación, y la necesidad de cesar en sus funciones; Que no pudiendo Quito resistir por mas tiempo a esta voluntad, ni mostrarse insensible a sus verdaderos intereses se ve precisado a uniformar sus sentimientos con los deseos de la Nación, para salvarse de los horrores de la anarquía y organizar el Gobierno más análogo a sus costumbres, circunstancias y necesidades.- Declaran:
1. Que en ejercicio de su soberanía se pronuncian por Constituir un Estado libre e independiente con los pueblos comprendidos en el Distrito del Sur y los otros que quisieren incorporarse…
2. “Que mientras se reúna la Convención del Sur y se nombren los altos funcionarios; queda encargado del Mando Supremo, civil y militar el Sr. Gral. de División Juan José Flores; en quien depositan toda su confianza, convencidos por los repetidos testimonios que les ha dado de su propensión a conservar el orden y la tranquilidad, por haber salvado tan gloriosamente al Sur en las circunstancias más difíciles; por el acierto, integridad y tino con que se ha conducido en la carrera de su mando, conciliándose con sus talentos y virtudes el aprecio general de estos pueblos que le son deudores de inmensos beneficios”.
3. “Que en ejercicio del citado Poder que se le confiere se le autoriza a que nombre los funcionarios que estime necesarios y que haga cuanto crea conducente al mejor régimen del Estado; manteniendo los empleados y Leyes vigentes con aquellas modificaciones que sean indispensables.
4. “Que quince días después de haber recibir las actas de los Pueblos que deben formar con Quito un solo Estado, convocará el Congreso Constituyente conforme el reglamento de elecciones que expidiese al efecto”.
5. Que si dentro de cuatro meses no se hubiere instalado la Convención, se reunirá al pueblo para deliberar sobre su destino”.
6. Que el Ecuador reconocerá siempre los eminentes servicios que ha prestado a la causa de la Libertad, Su Excelencia el Libertador, cuyas glorias que son las de Colombia, se conservarán entre nosotros, como un depósito sagrado y se trasmitirá a la posteridad para su gratitud y admiración.
7. Que se eleve esta acta al Sr. General Jefe Supremo por medio del Sr. Presidente de la Asamblea para su conocimiento y a que tenga a bien dirigirla a los demás Departamentos por medio de una Diputación que nombrará al afecto. Y la firmaron: (f) J. Sáenz.- (Preside la Asamblea) Fidel Quijano.- Antonio Román.- Luis de Saa.- Joaquín Chiriboga.- Dr. Manuel Solano (Prebendado), Joaquín Gutiérrez, Dr. José Joaquín de Aguirre (sigue un centenar de firmas)
El 14 de mayo, en la Parroquia de Santa Clara de Pomasqui, el Gral. José María Sáenz toma el juramento a Juan J. Flores. En el acta se registra este acto de la siguiente manera: “¿Juráis a Dios y por los Santos Evangelios desempeñar, fiel y legalmente la autoridad suprema a que habéis sido llamado por el voto común del Pueblo Quiteño? A que respondió: Si juro. Si así lo hiciereis Dios os premie, de lo contrario os lo demande. Concluido este acto quedó S. E. en ejercicio libre de su Supremo destino, de que certifico. (f) Juan J. Flores; (f) José María Sáenz, Prefecto del Departamento del Sur.
Sáenz se encargó, por bando, de hacer conocer la proclama de Quito y la designación del General Juan J. Flores como encargado del mando Supremo Civil y Militar del Ecuador.
En fechas posteriores se van sumando al nuevo estado, otros pueblos de lo que fue el Departamento del Sur que lo constituían Ecuador, Guayaquil y Azuay. Las congregaciones religiosas, colegios, cortes y autoridades militares y municipales se unieron a la declaratoria de Quito.
La colección de documentos que mantiene el Archivo Nacional, se agrupa en el; “Solemne pronunciamiento de la Capital de Quito y demás pueblos del Sur de Colombia por el cual se constituye el Ecuador en Estado Soberano, Libre e Independiente. Año 1830”.
Con fecha 12 de mayo, el Procurador General del Departamento del Ecuador (Dr. Ramón Miño), remite la siguiente comunicación al General Prefecto (José María Sáenz); “La mayor parte de los Departamentos de la República se han pronunciado ya por la disolución de su unidad política. Las glorias del Libertador Bolívar, el justo ascendiente que adquirió sobre los pueblos de Colombia no han sido bastantes para contener los esfuerzos con que todas sus secciones claman por otra forma de Gobierno. El Norte de la República rompió la unión; siguieron su ejemplo en el Centro los habitantes del Cauca, y aunque entonces el Congreso mismo reunido en la Capital había claudicado en su nombramiento y crean sus trabajos sin objeto legítimo; Quito defendiendo siempre a las voluntades del Libertador, y sin perder de vista los grandes males que acarrean a los Estados innovaciones de tanta consideración, se ha mantenido en la quietud más honrosa abominando los horrores que acompañan a la anarquía. Y para emitir solemnemente sus votos reasumiendo su representación separada entre los tres grandes distritos que compusieron la República, ha esperado que el Norte, y el Centro manifestasen su voluntad de no permanecer unidos formando un solo cuerpo; es decir, que ha esperado que fuese la crisis inevitable y que careciese absolutamente de remedio. Convencido el Supremo Poder ejecutivo de la tendencia general de la desunión, ha solicitado en su Mensaje del Congreso que se declare fenecida la existencia de la República bajo el gobierno central con que fue constituida; lo que importa tanto como decir que los pueblos entren en el pleno goce de su libertad para elegir la forma del que más quieran y más crean convenientes.
Debe pues Quito en uso de sus derechos proceder a pronunciarse: Pero a efecto de que se conserve el orden en esta Capital y sin dejar de reconocer la autoridad de V. S. para el mismo fin, anhelan sus moradores, atendiendo a su bien a que convoquen cuanto antes por V. S. los padres de familia y corporaciones para que con la libertad más amplia expresen todos sus deseos sobre el gobierno que debe establecerse y las basa esenciales en que haya de fundarse.
Espera el público del ilustrado patriotismo de V. S. que inmediatamente se sirva dictar las órdenes convenientes a ese intento y comunicarlas a los Cantones, del departamento a su mando. Quito mayo 12 de 1830.- (f). Ramón Miño V.
El General Prefecto del Departamento del Sur, José María Sáenz, recibe la comunicación y en virtud de sobrepasar su posibilidad de resolución eleva a consulta a Juan José Flores, que para entonces era el Prefecto General del Distrito del Sur. Además, porque asuntos de tanta trascendencia debían ser autorizadas al Procurador, por las corporaciones municipales cuando existían y para asegurar el cumplimiento de las formalidades se pide que las personas que ocupan su lugar, expresen “si ratifican esa petición como el voto del pueblo”, y que “se de cuenta inmediatamente al Sr. General Prefecto General para que en uso de su autoridad superior y del especial encargo que tiene de conservar el orden público y civil, tenga a bien resolver lo que creyera más arreglado, quedando esta prefectura libre de responsabilidad”. (f). Sáenz. Peñaherrera y certifica el escribano Castrillón.
El mismo 12 de mayo el escribano Castrillón levanta el acta y da fe de que en la Sala de la Municipalidad, encontró reunidos a los Señores que la componen; a saber; el Señor Miguel Carrión, Jefe General de la Policía, el Señor Manuel de la Peña Alcalde Municipal 1ro, y el Señor Dr. Ramón Miño, Procurador General, para satisfacer esta petición.
Bajo el epígrafe de; “República de Colombia”, desde el Cuartel General ubicado en Pomasqui, el 12 de mayo, con oficio número 149, el Prefecto General del Distrito del Sur (Juan José Flores), acusa recibo de la comunica del General Prefecto del Departamento del Sur, así: “He tenido la honra de recibir la nota V. S. (con) fecha de éste día junto con la representación del Síndico Procurador General y los tres documentos más a que en ella se refiere; y en contestación debo manifestar a US., que esta Prefectura General no se opone a que los Ciudadanos del Ecuador emitan libremente sus opiniones, con tal que lo hagan sin alterar el orden y con la moderación con que los ha distinguido durante un largo período de tiempo. La Prefectura General tiene una confianza ilimitada en la ilustración del Pueblo de Quito y por tanto excusa recomendar a su consideración los eminentes servicios que El Libertador ha prestado a las causas de la libertad y sus inmarcesibles glorias que son ya una propiedad de Colombia.- Con muy distinguida consideración soy de US. Obediente Servidor.- (f) Juan J. Flores
Al día siguiente, 13 de mayo, el pueblo de Quito realiza el pronunciamiento contenidos en siete puntos: “En la ciudad de San Francisco de Quito a trece de mayo de mil ochocientos treinta.-Congregados los corporaciones y padres de familia por el Señor General Prefecto del Departamento en virtud de la representación que le ha dirigido el Señor Procurador General e instruidos de los puntos que contiene.- Dijeron: Que consiguiente con sus principios y amor al orden han sostenido la integridad Nacional hasta la presente crisis en que la mayoría de Colombia, prenunciándose por una nueva forma de Gobierno ha disuelto la unión, como lo acreditan las actas de Venezuela, Casanares, Neyva, Popayán y otras Provincias. Que aún el gobierno considerando, ser este el voto general, ha manifestado al Congreso en su último mensaje, la nulidad de la representación, y la necesidad de cesar en sus funciones; Que no pudiendo Quito resistir por mas tiempo a esta voluntad, ni mostrarse insensible a sus verdaderos intereses se ve precisado a uniformar sus sentimientos con los deseos de la Nación, para salvarse de los horrores de la anarquía y organizar el Gobierno más análogo a sus costumbres, circunstancias y necesidades.- Declaran:
1. Que en ejercicio de su soberanía se pronuncian por Constituir un Estado libre e independiente con los pueblos comprendidos en el Distrito del Sur y los otros que quisieren incorporarse…
2. “Que mientras se reúna la Convención del Sur y se nombren los altos funcionarios; queda encargado del Mando Supremo, civil y militar el Sr. Gral. de División Juan José Flores; en quien depositan toda su confianza, convencidos por los repetidos testimonios que les ha dado de su propensión a conservar el orden y la tranquilidad, por haber salvado tan gloriosamente al Sur en las circunstancias más difíciles; por el acierto, integridad y tino con que se ha conducido en la carrera de su mando, conciliándose con sus talentos y virtudes el aprecio general de estos pueblos que le son deudores de inmensos beneficios”.
3. “Que en ejercicio del citado Poder que se le confiere se le autoriza a que nombre los funcionarios que estime necesarios y que haga cuanto crea conducente al mejor régimen del Estado; manteniendo los empleados y Leyes vigentes con aquellas modificaciones que sean indispensables.
4. “Que quince días después de haber recibir las actas de los Pueblos que deben formar con Quito un solo Estado, convocará el Congreso Constituyente conforme el reglamento de elecciones que expidiese al efecto”.
5. Que si dentro de cuatro meses no se hubiere instalado la Convención, se reunirá al pueblo para deliberar sobre su destino”.
6. Que el Ecuador reconocerá siempre los eminentes servicios que ha prestado a la causa de la Libertad, Su Excelencia el Libertador, cuyas glorias que son las de Colombia, se conservarán entre nosotros, como un depósito sagrado y se trasmitirá a la posteridad para su gratitud y admiración.
7. Que se eleve esta acta al Sr. General Jefe Supremo por medio del Sr. Presidente de la Asamblea para su conocimiento y a que tenga a bien dirigirla a los demás Departamentos por medio de una Diputación que nombrará al afecto. Y la firmaron: (f) J. Sáenz.- (Preside la Asamblea) Fidel Quijano.- Antonio Román.- Luis de Saa.- Joaquín Chiriboga.- Dr. Manuel Solano (Prebendado), Joaquín Gutiérrez, Dr. José Joaquín de Aguirre (sigue un centenar de firmas)
El 14 de mayo, en la Parroquia de Santa Clara de Pomasqui, el Gral. José María Sáenz toma el juramento a Juan J. Flores. En el acta se registra este acto de la siguiente manera: “¿Juráis a Dios y por los Santos Evangelios desempeñar, fiel y legalmente la autoridad suprema a que habéis sido llamado por el voto común del Pueblo Quiteño? A que respondió: Si juro. Si así lo hiciereis Dios os premie, de lo contrario os lo demande. Concluido este acto quedó S. E. en ejercicio libre de su Supremo destino, de que certifico. (f) Juan J. Flores; (f) José María Sáenz, Prefecto del Departamento del Sur.
Sáenz se encargó, por bando, de hacer conocer la proclama de Quito y la designación del General Juan J. Flores como encargado del mando Supremo Civil y Militar del Ecuador.
En fechas posteriores se van sumando al nuevo estado, otros pueblos de lo que fue el Departamento del Sur que lo constituían Ecuador, Guayaquil y Azuay. Las congregaciones religiosas, colegios, cortes y autoridades militares y municipales se unieron a la declaratoria de Quito.
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